JCE recuerda requisitos para reconocer nuevos partidos y movimientos políticos

Santo Domingo.– La Junta Central Electoral (JCE) recordó que la creación de un partido, agrupación o movimiento político requiere cumplir una serie de disposiciones establecidas en la Ley 33-18, más allá de contar con simpatizantes o presencia en redes sociales.

A través de una publicación en sus plataformas digitales, el organismo electoral explicó que las organizaciones interesadas en obtener reconocimiento oficial deben satisfacer requisitos legales, organizativos, territoriales y financieros antes de iniciar operaciones formales dentro del sistema político dominicano.

La legislación distingue entre partidos políticos de alcance nacionalagrupaciones de carácter provincial o municipal y movimientos políticos circunscritos al ámbito municipal, cada uno con exigencias específicas para su constitución.

Entre los requerimientos figuran la elaboración de estatutos, la definición de principios y la identificación de símbolos propios. Asimismo, la normativa prohíbe utilizar emblemas patrios, nombres de próceres o elementos gráficos que puedan confundirse con los de organizaciones ya reconocidas.

Respaldo ciudadano y estructura territorial

Uno de los principales requisitos para solicitar el reconocimiento consiste en demostrar respaldo ciudadano mediante la presentación de firmas equivalentes al 2 % de los votos válidos emitidos en las últimas elecciones. Estas deberán ser entregadas de forma organizada, tanto en formato físico como digital.

La JCE enfatizó que este requisito convierte el proceso de creación de una organización política en un procedimiento que exige una estructura real de apoyo y organización, más allá de actividades públicas o presencia en plataformas digitales.

En cuanto a la estructura territorial, los partidos de alcance nacional deberán contar con locales físicos en funcionamiento, directivas provisionales y representación en todos los municipios del país, además de una sede principal ubicada en Santo Domingo o el Distrito Nacional.

Exigencias financieras y plazos

La normativa también obliga a los solicitantes a presentar un informe financiero que detalle los ingresos y gastos realizados durante la etapa de organización, así como una proyección presupuestaria anual hasta la celebración de las elecciones correspondientes.

Respecto a los plazos, la JCE recordó que las solicitudes de reconocimiento deben depositarse 12 meses antes de las elecciones, fecha que, de acuerdo con el calendario electoral vigente, vence el 20 de febrero de 2027.

Posteriormente, el órgano electoral dispondrá de un período para evaluar la documentación y emitir una decisión, teniendo como fecha límite el 20 de octubre de 2027, cuatro meses antes de los comicios.

El recordatorio se produce en momentos en que diversos sectores y figuras públicas han manifestado interés en impulsar nuevas propuestas políticas con miras al próximo proceso electoral.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *