Sisalril desautoriza a clínicas el cobro de anticipo para ingresar un paciente
SANTO DOMINGO.- La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) recordó a los prestadores de servicios de salud que existe una resolución que prohíbe el cobro de anticipo o depósito para ingresar a un paciente a un centro de salud y pidió a los afectados interponer, formalmente, sus quejas ante la Dirección de Información y Defensa del Afiliado (DIDA) y ese organismo.
El órgano regulador del sistema instó a los afiliados a comunicarse de inmediato con su aseguradora o ARS contratada cuando lleguen a un centro de salud y se le exija un depósito para ingresarlos, en los casos de presentar sus carnés de afiliación al Seguro Familiar de Salud (SFS) o reciben un trato que consideren no es humanizado.
“La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales prohíbe el cobro de anticipo en los Prestadores de Servicios de Salud contratados por la ARS del afiliado, siempre que el procedimiento a realizarse forme parte de los beneficios del Plan de Servicios de Salud (PDSS)”, señaló la Sisalril, al dar a conocer su posición oficial sobre el tema.
Esa prohibición, dijo, es conforme a lo estableció en su Resolución Sisalril No. 156-08.
“Instamos a la población afiliada a hacer de conocimiento de sus ARS este incumplimiento, para que de acuerdo a los contratos que sostienen, exijan el apego a los acuerdos entre partes, si el prestador no asume el cambio de conducta, instamos a los afiliados a hacer de conocimiento su queja ante la DIDA o la Sisalril para ejecutar los mecanismos regulatorios que le faculta la Ley 87-01”, señaló.
La posición de la institución fue expuesta ayer ante las constantes quejas de pacientes y familiares que han surgido en los últimos días en el país vinculadas a la exigencia de un depósito económico que en ocasiones supera los 100 mil pesos cuando acuden a un centro de salud privado y su pariente necesita ser ingresados, lo que con frecuencia pasa en horas de la noche lo que hace más difícil cumplir con el requerimiento.
El presidente de la Asociación de Clínicas y Hospitales Privados (ANDECLIP), Rafael Mena, había asegurado que las clínicas no violan la ley al cobrar depósito de internamiento y dijo que esos establecimientos de salud se ven obligadas a cubrirse ante el incumplimiento de la Ley de Seguridad Social y la no revisión de los costos de acuerdo al índice de inflación.
Dijo que la responsabilidad de las clínicas es estabilizar a todo paciente que llega a sus servicios de emergencia, lo cual se hace siempre, pero que al momento de ingresarlo debe tener una garantía de financiamiento, porque esos centros no reciben subsidio del Estado; no reciben el ajuste por inflación por los servicios que brindan a afiliados y en ocasiones, aunque tienen carnet de seguro, no tienen la cobertura del servicio que se le brinda.
En su opinión, las quejas y debilidades que tienen los pacientes y que adolece el sistema es fruto de la no aplicación de la ley, y a que en el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) los actores que conocen y le duelen los pacientes, no tienen voto ni poder de veto.