Santo Domingo.– La Cuarta Sala Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional declaró responsable a la Dirección General de Migración (DGM) y a su director, Luis Rafael Lee Ballester, por haber impedido de manera ilegal y arbitraria la salida del país al exprocurador Jean Alain Rodríguez y a su familia en los años 2020 y 2021, antes de iniciarse el proceso penal en su contra.
La decisión acoge una acción de habeas data interpuesta por la defensa de Rodríguez y ordena a la DGM entregar la alerta migratoria o documento que dispuso la restricción de salida en noviembre de 2020 y junio de 2021. Además, impone una sanción solidaria de RD$30,000 diarios por cada día de retraso en la entrega de esa documentación.
Durante el proceso, la DGM, en coordinación con la Procuraduría General de la República, sostuvo que nunca había impedido la salida del exfuncionario ni existía documento alguno al respecto. Sin embargo, pruebas como actas notariales, boletos aéreos, fotografías, videos y la carta pública de la entonces procuradora Miriam Germán Brito confirmaron la existencia y la ilegalidad de las alertas.
El tribunal concluyó que se vulneraron derechos fundamentales de Rodríguez, entre ellos la dignidad y el honor, y dispuso la restitución plena de los mismos. La lectura íntegra del fallo fue fijada para el 7 de octubre de 2025 a las 12:00 del mediodía.
La barra de la defensa, integrada por Carlos Balcácer, Gustavo de los Santos Coll, Albert Delgado y Nelys Rivas, valoró la sentencia como un reconocimiento a la ilegalidad de los actos cometidos contra su cliente, y pidió a la DGM y al Estado no seguir negando los hechos y entregar el documento de alerta migratoria del año 2020, tal como ordena la justicia.













Deja una respuesta