Santo Domingo. El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional emitió este lunes su fallo en el proceso judicial conocido como caso Coral/Coral 5G, imponiendo una condena de 20 años de prisión al exjefe del Cuerpo de Seguridad Presidencial (Cusep), Adán Cáceres Silvestre, tras encontrarlo culpable de integrar una estructura dedicada al lavado de activos y actos de corrupción administrativa.
La misma pena fue impuesta al exdirector del Cuerpo Especializado de Seguridad Turística (Cestur), Juan Carlos Torres Robiou, así como al coronel Rafael Núñez de Aza. Además de las sanciones privativas de libertad, el tribunal ordenó el pago de una multa equivalente a 400 salarios mínimos para cada uno de los condenados.
En tanto, el general Julio Camilo de los Santos Viola y la pastora Rossy Guzmán recibieron sentencias de 15 años de prisión, acompañadas igualmente del pago de 400 salarios mínimos. Por otro lado, Esmeralda Ortega Polanco, Boanerges Reyes Batista, José Manuel Rosario Pirón, Kelman Santana Martínez y Franklin Antonio Mata Flores fueron condenados a cumplir 10 años de cárcel por su vinculación con la red delictiva.
La decisión judicial también estableció una indemnización de 5,000 millones de pesos a favor del Estado dominicano como reparación por los daños ocasionados. Respecto al mayor del Ejército Raúl Alejandro Girón Jiménez, quien colaboró con las autoridades durante la investigación y fue considerado pieza clave en el esclarecimiento del caso, el tribunal le impuso una pena de cinco años de prisión, aunque la declaró cumplida debido al tiempo que ha permanecido sometido al proceso.
Asimismo, los jueces dictaron condenas de cinco años de prisión suspendida contra Yehudy Blandesmil Guzmán Alcántara, Alejandro José Montero Cruz, Epifanio Peña Lebrón, Lucía de los Santos Viola y Onoris Beatriz Soto de los Santos. De igual manera, Carlos Lantigua, Pedro Roberto Castillo Nolasco y Raymel Pastor del Rosario Viola fueron sentenciados a tres años de prisión suspendida.
Por otra parte, el tribunal descargó de toda responsabilidad penal a Tanner Antonio Flete Guzmán, Manuel de Jesús Alba Solano, Guillermo de Jesús Torres Robiou, Santiago Antonio Suárez Peguero, Miguel Ventura Pichardo y Erick Daniel Pereyra Núñez, al considerar insuficientes los elementos probatorios para sustentar una condena en su contra.













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