La Junta Central Electoral formalizó el procedimiento que deberán agotar las firmas encuestadoras nacionales e internacionales interesadas en realizar estudios de opinión con miras al proceso electoral de 2028, estableciendo nuevas exigencias técnicas, administrativas y sancionadoras para garantizar la transparencia y legalidad de las mediciones políticas.
El órgano comicial dejó claramente establecido que ninguna encuesta o sondeo con fines electorales podrá ser publicado o difundido antes del primer domingo de julio de 2027, fecha que marca el inicio oficial del período de precampaña, conforme a lo estipulado en la Ley 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
La normativa advierte que las empresas que violen esta disposición se exponen a sanciones que incluyen suspensión temporal de su registro, cancelación definitiva en casos de reincidencia y otras medidas administrativas impuestas por la Unidad de Sanciones Administrativas Electorales de la JCE.
Aunque los partidos políticos y aspirantes podrán contratar mediciones internas antes del período preelectoral, dichos estudios no podrán hacerse públicos. De incumplirse esta restricción, tanto las organizaciones políticas como las firmas contratadas podrían enfrentar medidas cautelares y penalidades administrativas.
Asimismo, la JCE precisó que las encuestadoras deberán notificar sus operaciones al organismo con al menos ocho días de antelación a los comicios y mantener actualizada anualmente toda su documentación. El reglamento también exige que cada encuesta publicada incluya información metodológica detallada, como margen de error, nivel de confianza, método de muestreo, texto íntegro de las preguntas y características del trabajo de campo.













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